La Justicia federal asume el control sobre la constitucionalidad de la reforma laboral
La Cámara Contencioso Administrativo Federal desplazó al fuero laboral de la decisión mientras la ley permanece vigente.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal declaró competente al fuero federal para resolver si la ley de reforma laboral es constitucional, arrebatando la decisión al fuero del Trabajo. El fallo responde a un cuestionamiento presentado por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra el Estado nacional respecto de la ley 27.802.
Mientras tanto, la Cámara de Apelaciones del Trabajo mantiene en sus manos una causa conexa y dejó en vigencia la ley que modificó las condiciones de contratación, vacaciones, indemnizaciones y otros aspectos del régimen laboral. La decisión de la Cámara Contencioso significa que el expediente regresará al Juzgado Contencioso Administrativo Federal 12, a cargo de Macarena Marra Giménez, que continuará debatiendo la validez de la reforma.
La Sala IV de la Cámara, integrada por los jueces Rogelio Vincenti y Marcelo Daniel Duffy, desestimó el argumento del fiscal Rodrigo Cuesta, quien sostenía que el tribunal federal carecía de competencia. Los camaristas entendieron que el conflicto excede cuestiones laborales comunes e involucra aspectos de orden federal: la potestad del Congreso para asignar competencias judiciales, la organización de tribunales y el funcionamiento estatal.
La reforma laboral señala que los casos individuales de despidos o accidentes se tramitan en juzgados laborales locales, pero los asuntos referidos a cuestionamientos de sindicatos o de la CGT corresponden a justicia federal. Este criterio fue respaldado por la Cámara Contencioso, que además cuestionó el trámite seguido por el juez laboral Raúl Ojeda, quien había concedido una medida cautelar que suspendió 82 artículos de la ley entre el 6 y el 30 de marzo.
Los magistrados destacaron que las leyes que modifican competencia judicial son de orden público y se aplican de inmediato. Consideraron que Ojeda no podía apartarse del procedimiento legal ni remitir por su cuenta el expediente a la Cámara del Trabajo.
En paralelo, la Cámara Laboral enfrenta una situación compleja. El fallo que suspendió la vigencia temporal de la reforma fue firmado por los camaristas Víctor Pesino y María Dora González, quienes luego suspendieron el efecto de esa decisión. Ambos fueron recusados por la CGT. Si la recusación prospera, quienes los sucedan deberán resolver nuevamente qué hacer con la causa. Si se rechaza, ellos mismos tendrían que enviarla a la justicia contencioso administrativo federal.
El Gobierno también se presentó ante la Corte Suprema de Justicia con un pedido de per saltum para que declare la constitucionalidad de la ley. Sin embargo, el máximo tribunal no tiene apuro en decidir porque la norma ya se encuentra vigente, cumpliendo el objetivo del Ejecutivo.


